Toloño escribió:
Es evidente, Vipor, que me expresé malamente, pues acababa de leer unas propuestas de cambio de redacción del art. 92 CE (haciendo referencia a las decisiones políticas de especial trascendencia) entre las cuales se recogían estas dos:
Aprobación de cambios en cualquier Estatuto de Autonomía, en las competencias delegadas en una Comunidad Autónoma, o en el reparto del presupuesto y la financiación de la misma.
Aprobación de suspensión de una Comunidad Autónoma durante una legislatura, previa aplicación del artículo 155.
Lo que motivó el lapsus de redacción.
Pero veo que te has centrado exclusivamente en esto y nada has dicho sobre el resto de las consideraciones.
Y como veo tambien que la mentalidad imperioso-caspista, te aburre enormemente y a mi me pasa lo mismo con la mentalidad buenoso-enrrolladita, me apearé aqui, no sin antes insistir en que si tenemos leyes es para cumplirlas y que cuando estas leyes no sirvan a la comunidad habra que cambiarlas. Pero nunca saltárselas.
Vale, bien, estamos de acuerdo en que cometiste un error, conforme. Además, que lo admitas te honra. En todo caso, no fue un lapsus de redacción, como dices, sino de saber de qué se hablaba. Si me declaré aburrido fue porque era absurdo lo que asegurabas, y por eso no respondí a tus otras consideraciones.
En todo caso, rebajas mi intento a lo buenoso-enrrolladito a pesar de que estoy tratando de ver el planteamiento legal del problema, e insistes, por lo que veo, en hablar de cambiar las leyes para celebrar ese referéndum. De aqui deduzco que piensas en un referéndum vinculante, que no es el caso. Llevo anotando la palabra
consultivo así, en azul, en todos los mensajes, y da la impresión de que no te enteras, y por eso hablas de cambiar la ley para que pueda haber referéndum. Pero no, hombre, el referéndum vinculante no es posible hasta ese cambio del art. 2, el de la soberanía. Hasta ahÍ, de acuerdo, pero no se trata ahora de eso, sino del referéndum
consultivo, lo pondré en azul un millón de veces a ver si lo captas.
Y digo consultivo porque es el que cita el art. 92, el referéndum
consultivo y no otro. Es del único que vengo hablando.
Y es que, por ahora, creo que no cabe otro, y si Mas lo intenta vinculante se meterá en un embrollo considerable, con el art. 155 de la Consti pendiendo sobre su cabeza.
Si se hiciera consultivo, cabe hacerlo votando sólo los catalanes, según el art. 5 de la ley orgánica 2/1980 de referéndum, que repetiré ahora:
Artículo 5.
Uno. El referéndum se decidirá por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto en el ámbito que corresponda a la consulta.
Dos. La circunscripción será, en todo caso, la provincia. Asimismo constituirían circunscripciones electorales las ciudades de Ceuta y Melilla.
Si habla del ámbito, y la circunscripción es la provincia, parece evidente que en una provincia puede convocarse un referéndum, y en una Autonomía también (por ejemplo, podría convocarse en Canarias si surgiese algún follón de vecindad con Marruecos o Mauritania, y votarían sólo en esa Autonomía). Repito: Referéndum
consultivo, que otra cosa no sería legal.
En un planteamiento como el que esbozo, votarían los catalanes y sólo ellos. Es todo lo que estoy diciendo. E, incluso así, el referéndum habría de convocarlo el Rey, como establece el art. 2.3 de la citada ley de referéndum. Y Madrid no parece estar por la labor, lo que sí me parece mal.
Una vez conocido el resultado del referéndum
consultivo, ya entraríamos en palabras mayores si salía que sí a la independencia: Reforma Constitucional y demás. Esto ya sería un enorme follón, y lo único que de entrada opino es que, si los escoceses van a votar, sólo ellos y con el acuerdo de Londres, su referéndum vinculante, me parece lógico que en Catalunya sucediera igual. Porque la libertad de elegir sería de los catalanes y sólo de ellos, y lo que correspondería al resto de españoles sería negociar a posteriori todos los aspectos económicos y demás de la separación, como harán Inglaterra y Gales con Escocia si sale el sí a la independencia.
Que, en todo caso, creo que Catalunya dirá no a la secesión, pero vaya, es únicamente mi opinión.
En fin, te pido disculpas si he sido duro contigo, lo siento, ha sido porque la bobada sobre el art. 92 era de bulto. Por supuesto, si dejas el debate ahora me parecerá bien.
Yo también te quiero, botarate.